HISTORIAS REALES:

En Mayo de este año viene al estudio una señora buscando asesoramiento legal, la situación era la siguiente: había comprado una motocicleta 0 km en una reconocida tienda de motos de la ciudad de Reconquista, y al breve tiempo de la adquisición empieza notar una falla en el sistema de arranque.
Le recomendé que manifestara éste inconveniente por medio de una nota, y que llevara la motocicleta para su arreglo gratuito, puesto que estaba vigente la garantía impuesta por los art. 11 al 18 de la ley 24.240.
En aquella oportunidad, la casa arregló la unidad de modo aparente, ya que a la semana volvió a presentar la misma falla, por lo que enviamos una segunda nota reclamando el derecho a una reparación definitiva, y/o que se entregare una motocicleta nueva, de las mismas características a las contratadas, ya que por lo acontecido dudamos de la calidad de 0 km de esta moto.
La Empresa, invita a traer la unidad para su arreglo definitivo, haciéndole firmar a la señora documentación sin expedirle copia alguna, lo que generó la necesidad de reclamar por escrito estas copias – esta documentación es fundamental para probar la fecha en la que se llevó la unidad por primera vez – otra vez el resultado del arreglo fue defectuoso, y también se negaron aportar las copias solicitadas.
Ante tal estado de las cosas, mi cliente intimó a la Empresa ajustar su conducta a la normativa vigente, la contestación que recibió de la reconocida tienda de Motos fue “Negamos la relación que nos vinculara y de todo lo sucedido”, atentando al deber de Trato Digno que todo consumidor merece, por lo que hemos efectuado la denuncia a la Oficina de Defensa del Consumidor por las siguientes infracciones: a) Deber de Garantía y/o Vicio Rehibiditorio de la Unidad; b) Derecho a la Información; c) Violación al Trato Digno.
Ahora estamos esperando ansiosos la audiencia de conciliación, que de no arribar a un acuerdo se iniciaran las actuaciones judiciales pertinentes, ya que gracias al el art 53 de la ley 24.240 – que establece el régimen del beneficio de gratuidad – demandar a las Cías. es sin costo alguno.
Estoy seguro que esta historia tendrá un resultado positivo para la reclamante, por lo que su paciencia tendrá recompensa, ya que lo más importante de todo es SIEMPRE RECLAMAR Y DOCUMENTAR TODAS LAS INFRACCIONES QUE SE COMETAN.
Espero que les sirva esta historia. Saludos y a Defender Nuestros Derechos.-

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